¿QUÉ HACER EN CASO DE SINIESTRO?
¿Qué hacer de forma inmediata al siniestro?
1) Acciones inmediatas
a) SI HAY HERIDOS
- Brindar asistencia a las personas lesionadas.
- Llamar en forma inmediata a la policía.
- Quedarse en el lugar del accidente hasta que se presente la autoridad competente.
- Llamar en forma inmediata al *1994 a efectos de coordinar la denuncia del siniestro.
b) SI NO HAY HERIDOS
Llamar en forma inmediata al *1994 a efectos de coordinar la denuncia del siniestro.
c) EN CASO DE HURTO TOTAL, PARCIAL O INTENTO DE HURTO
Se debe realizar la denuncia policial en forma inmediata. Luego de efectuada la misma, se deberá llamar al *1994 a efectos de coordinar la denuncia del siniestro.
2) Intercambiar los datos personales entre todos los conductores:
- Nombre completo
- Documento de identidad
- Domicilio
- Teléfono
- Datos del vehículo
- Compañía aseguradora (si se trata de un extranjero, procurar dentro de lo posible una fotografía de su carta verde)
- Nombre del titular del seguro
3) No realizar arreglos personales o aceptar responsabilidad alguna ante terceros.
Para que opere la cobertura de Responsabilidad Civil, el asegurado o conductor no debe asumir responsabilidad con el tercero afectado, ni efectuar transacciones o acuerdos sin el conocimiento y consentimiento del BSE en forma escrita. El tercero deberá dirigirse a su aseguradora.
4) Recabar datos de los testigos presenciales (los testigos no pueden ser los acompañantes del propio asegurado):
- Nombre completo.
- Documento de Identidad.
- Domicilio.
- Teléfono.
5) Si correspondiera la concurrencia del móvil al lugar del siniestro y siempre que la circulación no quede obstruida, recomendamos no mover el vehículo hasta tanto el móvil haya llegado al lugar. Tomar las medidas de señalización adecuadas.
6) Si solo corresponde denuncia telefónica, subir las fotos de los daños del vehículo y su contexto a la página www.denuncia.uy. El plazo es de 5 (cinco) días corridos a partir de la fecha del siniestro.
7) Si los vehículos se retiran antes que llegue el móvil del BSE, de ser posible, tomar fotografías de los otros vehículos involucrados en el siniestro.
8) Si el vehículo no se puede movilizar por un siniestro, llamar al *1994 donde se brindará asesoramiento de los pasos a seguir, de acuerdo a la póliza contratada.
9) En caso de existir cámaras de la Intendencia de Montevideo en la intersección del siniestro, comunicarse con Unidad de Acceso a la Información – Intendencia de Montevideo Teléfonos: 1950 2217/ 3396.
El plazo es de 10 días corridos a partir de la fecha del siniestro.
Pasos a seguir en caso de siniestro
SERVICIOS
Instructivos sobre tramites de siniestros.
Instructivo reclamo daños materiales | Vehículos
Instructivo reclamo hurto | Vehículos
PLAZOS PARA RECLAMAR DAÑOS
El plazo máximo para efectuar la reclamación es de 15 (quince) días corridos siguientes a la ocurrencia del siniestro.
SI NO SE RECLAMAN DAÑOS ANTE EL BSE
Los daños no serán cubiertos en futuros siniestros hasta que el vehículo sea reparado e inspeccionado por el BSE. La verificación de la reparación de los daños es garantía que el vehículo mantiene las condiciones de asegurabilidad.
Archivos para ingreso de reclamo por daños del vehículo
DOCUMENTACIÓN
Documentación obligatoria para el ingreso de reclamos por daño
Formulario de reclamación (para reclamo de daños)
Documentación exigida por Notarial (Escribanía) para hurtos y restos
Instructivo hurto total automóvil
Instructivo restos destinados a destrucción automóvil
Instructivo restos destinados a remate automóvil
Instructivo hurto total motocicleta
Instructivo restos destinados a remate motocicleta
Instructivo restos destinados a destrucción motocicleta
Modelos de documentos
Poder para cobro
Poder restos auto destrucción persona jurídica
Poder restos auto destrucción persona física
Poder hurto moto persona jurídica
Poder hurto moto persona física
Deducible ¿Cuando corresponde pagarlo?
Si la indemnización se efectúa contra la propia póliza del asegurado, este deberá hacerse cargo de la suma correspondiente al deducible, tal como se establece el artículo 60 de las Condiciones Generales de la Póliza.
En los casos de pérdida total (restos y hurtos totales), no se aplicará deducible, excepto en aquellos en los que se indemnice daños al amparo del Art. 32 literal c).
Solo en aquellos siniestros en que el BSE determine que la responsabilidad recae sobre un tercero y además, a su exclusivo criterio será factible recuperar el monto correspondiente al deducible, este concepto no será descontado al asegurado ni se afectará la bonificación de su póliza.
Preguntas frecuentes
1. ¿Qué es una póliza de seguro? Es un contrato que contiene derechos y obligaciones del cliente y del BSE. Al contratarlo, el cliente elije la cobertura que más se ajuste a sus necesidades. 2. ¿Qué es un siniestro?Es el evento en el que participa el vehículo asegurado, que genera daños o pérdidas al cliente o a terceros. 3. ¿Qué cubre el plan que tengo contratado?Los planes más comunes son:
- SOA: es un seguro creado por la Ley No 18.412 obligatorio para todos los vehículos automotores y remolcados. Cubre las lesiones personales o muerte causada a un tercero en un accidente, por el vehículo asegurado.
- SOA PLUS: cobertura ampliada para el SOA, amparándose además, daños materiales a bienes de terceros.
- BÁSICO: seguro de Responsabilidad Civil por lesiones personales, fallecimiento y daños a bienes de terceros.
- DOBLE: incluye una cobertura de responsabilidad civil mayor que la ofrecida en el Plan Básico, cubriendo además el incendio total o parcial del vehículo.
- TRIPLE: ampara los riesgos cubiertos por el plan Doble, adicionando la cobertura por el hurto total o parcial del vehículo asegurado, y el deterioro que sufra el vehículo mientras se encuentre en poder de los delincuentes.
- GLOBAL: es el plan más completo que ofrece el BSE. Cubre daño propio, hurto, incendio y responsabilidad civil.
- Opción adicional Global Extra: en caso de inmovilidad del vehículo a causa de un siniestro, obtiene una indemnización adicional por día, que le permitirá afrontar sus gastos de traslado.
4. ¿Qué es daño propio? Son los daños que puede sufrir el vehículo asegurado por motivos accidentales a consecuencia de varios factores a los que está expuesto, tanto en circulación como detenido. Los más comunes son:
- Choque con otros vehículos
- Choque con otros objetos
- Vuelco o despeñamiento
- Hurto total o parcial
- Incendio total o parcial
- Caída de árboles
- Granizo
- Inmersión
Para más información, consulta las Condiciones Generales de la Póliza, artículo 32 5. Deducible, ¿qué es? ¿siempre corresponde pagarlo? El deducible es el monto que corre por cuenta del asegurado en caso de reparar su vehículo por daño propio, según se establece en el artículo 60 de las Condiciones Generales de la Póliza. El BSE podrá liberarle del pago del deducible en caso de dictaminarse que la responsabilidad recae sobre un tercero y además sea posible gestionar el reclamo contra un éste. 6. ¿Qué función cumple el Corredor de seguros?Es quien, en caso de siniestro te asesorará a lo largo del trámite con información clara, veraz, y suficiente. 7. Si no tengo datos de mi corredor, ¿dónde los puedo obtener?Llamando al teléfono 1998
EXTERIOR
En caso de siniestro en otro país: Argentina, Brasil, Chile o Paraguay, debes comunicarte a los teléfonos que figuran en la tarjeta verde, pertenecientes a las compañías representantes del BSE.
Si no puedes comunicarte con el teléfono del representante que corresponda, deberás realizar la denuncia telefónica a Uruguay:
- (00598) 2204.5961
- (00598) 2208.8407
Auxilio Mecánico desde el exterior
Para llamar al Auxilio Mecánico en Argentina, Brasil, Chile y Paraguay (para los clientes de Plan Global, Triple, Doble y Básico) se debe comunicar al +598 2614 1555
Se debe tener en cuenta que las direcciones y teléfonos de los Representantes del BSE pueden tener modificaciones, por lo cual agradecemos ratificar dicha información con Sector Convenios o llamando Teleservicios 1998.
ARGENTINA
FEDERACIÓN PATRONAL
Calle 51 Nro. 765 – La Plata – Buenos Aires
Tel: 00-54-0221-429-0200
Si no puedes comunicarse con Federación Patronal, llama a:
NACIÓN SEGUROS S.A.
San Martín 913 – Capital Federal – Buenos Aires
Tel.: 0800-888-9908
Tel.: desde cualquier teléfono +54114130-9601
BRASIL
LIBERTY SEGUROS
Dr. Geraldo de Campos Moreira N° 110
Vías para realizar denuncias por Siniestros en Brasil: (5511) 4004 – 5423 o a través de su página Web: www.libertyseguros.com.br
CHILE
TRANSPORTISTAS Y DAÑOS DE CARGA
LA CHILENA CONSOLIDADA S.A.
Avda. Pedro de Valdivia 195 -Santiago- Tel. (00562) 2 007000 – (00562) 2 007181 – Fax 200-7333
VEHÍCULOS DE PASEO, TRANSPORTISTAS Y DAÑOS DE CARGA
ASEGURADORA PORVENIR
Tel.: (0056) 2 32205670 – (0056) 2 32205686
PARAGUAY
TRANSPORTISTAS – DAÑOS DE CARGA – TARJETA VERDE
GRUPO COASEGURADOR RC CARRETERO INTERNACIONAL
Juan de Ayolas 1258, Asunción – Paraguay / Tel. (0059521) 446231 – 453207 – 443549
BOLIVIA
TRANSPORTISTAS
LA BOLIVIANA CIA. CRUZ DE SEGUROS
Colón 288 – La Paz – Tel. 351-643 – 390-521
TRANSPORTISTAS, DAÑOS A LA CARGA Y TARJETA VERDE
CREDINFORM INTERNATIONAL S.A.
Av. Julio C. Patiño 550 La Paz – Bolivia
Tel (591-2) 2602500/2602000
Iván Valda
Gerente Nacional de Atención al Cliente
Celular 591-77395103 ivalda@credinformsa.com
Wilson Suarez Nogales
Gerente Atención al Cliente La Paz
Celular 591-76734470 wsuarez@credinformsa.com
Juan Domingo Barragán
Jefe Reclamos Automotores
Celular 591-76577477 jdbarragan@credinformsa.com
PERU
TRANSPORTISTAS
RIMAC INTERNACIONAL CIA. DE SEGUROS
Las Begonias 475 piso 3 – San Isidro (Lima) – tel. 422-2780 y 422-3010
Teléfonos de contactos desde el exterior
Si no puede comunicarse con el teléfono del representante que corresponde, deberá realizar la denuncia a Uruguay, a través de los siguientes teléfonos:
- (00598) 2204.5961
- (00598) 2208.8407
Por consultas puede comunicarse con Teleservicios (00598) 22033773
• Denunciar el evento en un plazo máximo de 24 horas desde su ocurrencia, a través de Teleservicios BSE (2) 1998 o en nuestras Sucursales y Agencias de todo el país.
• Para todos los casos se deberá presentar la siguiente documentación:
– Parte policial o constancia de denuncia.
– Detalle de los artículos hurtados.
– Factura de reparación de los daños, o en su defecto presupuesto de reparación.
• En caso de que corresponda se solicitará:
– Reporte de la empresa de alarma.
– Prueba de existencia de los artículos hurtados.
• Denunciar el evento en un plazo máximo de 24 horas desde su ocurrencia, a través de Teleservicios BSE (2) 1998 o en nuestras Sucursales y Agencias de todo el país.
• Realizar denuncia a Bomberos, la cuál debe ser presentada al momento de realizar el trámite.
• Obtener fotos representativas del daño antes de comenzar con las limpiezas y/o reparaciones. Es importante destacar que no se deben descartar artículos o bienes dañados.
• En caso de incendio de contenidos, realizar detalle de artículos indicando el valor de los mismos.
• Factura de reparación de los daños, o en su defecto presupuesto de reparación.
Alteración de corriente por caída de rayo
• Denunciar el evento en un plazo máximo de 24 horas desde su ocurrencia, a través de Teleservicios BSE (2) 1998 o en nuestras Sucursales y Agencias de todo el país.
• Para todos los casos se deberá presentar la siguiente documentación:
– Presupuesto o factura de reparación.
– En caso de que no sea posible reparar, presentar factura de compra y nota de técnico aclarando que no se admite reparación.
Huracanes, Tornados y Tempestades
• Denunciar el evento en un plazo máximo de 24 horas desde su ocurrencia, a través de Teleservicios BSE (2) 1998 o en nuestras Sucursales y Agencias de todo el país.
• Para todos los casos se deberá presentar la siguiente documentación:
– Presupuesto o factura de las reparaciones efectuadas.
– De forma opcional y siempre que sea posible, obtener fotos representativas del daño.
Para optimizar la gestión del trámite, agradecemos la máxima cooperación de los asegurados al momento del siniestro. Para ello, se deberán exhibir y poner a disposición del BSE, los comprobantes y demás elementos que solicitados, con el fin de investigar o verificar las reclamaciones.
ACCIDENTES DEL TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES

Pago de temporarias de Accidentes Laborales del interior del país
Para la liquidación de la renta temporaria el BSE deberá determinarse que se trata de un accidente laboral y contar con toda la documentación necesaria.
PREGUNTAS FRECUENTES
Primer pago:
Para conocer la fecha de cobro puede enviar un sms al 1998 con el texto “cobro CI” (sin puntos, ni guión, y un espacio entre cobro y CI, ej. cobro 12345678). En caso de recibir el mensaje “Ud no tiene pagos pendientes”, puede volver a consultar periódicamente. Ante cualquier duda o consulta, puede comunicarse telefónicamente al 1998 opción 2.
A partir del segundo pago y mientras continúe la asistencia médica, se acreditarán automáticamente cada 15 días en las Redes de cobranza, por dígito verificador según calendario de pago al que se puede acceder aqui.
En oficinas de Abitab, Red Pagos o el Correo Uruguayo con su C.I., indicando que es cobro del Banco de Seguros del Estado.
Tengo más de un trabajo, ¿cómo hago para que se tenga en cuenta a la hora de pagarme?
La empresa debe enviar un mail a reclamosadt@bse.com.uy, o el paciente debe ingresar a través de la Sucursal o Agencia más cercana, una carta del segundo trabajo membretada, sellada o incluir fotocopia de CI de la persona que firma la misma.
La carta debe indicar:
- Nombre, Apellido y CI del accidentado
- N° RUT del segundo trabajo (donde NO se accidentó)
- N° carpeta de seguro de Accidentes del trabajo
- Último día trabajado en dicho lugar
- Suma de salarios nominal mensual, percibidos en los 6 meses anteriores al mes de accidente, discriminado por rubro.
Debe realizar este procedimiento para cada trabajo que tenga aparte del lugar donde se accidentó.
¿Qué hacer en caso de una reapertura o levantamiento de alta franquicia?
En los casos de reapertura, abandono o alta franquicia, el empleador deberá completar el formulario de reapertura (form.1010), que se puede descargar aqui, indicando el último día trabajado con firma y sello de la empresa. El mismo se entregará en la Sucursal o Agencia más cercana o se enviará vía mail a: reclamosadt@bse.com.uy, desde una casilla corporativa o la misma desde la que se hizo la denuncia patronal.
¿Qué hacer cuando tengo el ALTA MÉDICA?
Cuando el centro médico que le brinda la asistencia, le otorga el alta, deberá presentar inmediatamente una copia en la Sucursal o Agencia más cercana y otra copia a su empleador.
- Denunciar el evento, en un plazo máximo de 24 horas desde su ocurrencia, a través de Teleservicios BSE (2) 1998 o en nuestras Sucursales y Agencias de todo el país.
- Para todos los casos, se deberá presentar la siguiente documentación:
- Presupuesto o factura de las reparaciones efectuadas.
- Fotos representativas del daño y panorámicas para evaluar si corresponde a un área común.
Por mayor información, puedes contactarnos a través de nuestro formulario de contacto.