FIANZA
El seguro de Fianza es un contrato de GARANTÍA que se otorga para cubrir, hasta la suma máxima estipulada en las Condiciones Particulares, los perjuicios producidos por el incumplimiento de ciertas obligaciones del Proponente frente al Asegurado.
Proponente: aquel que contrae una obligación.
Asegurado: acreedor de esa obligación.
Es decir que, los seguros de Fianzas sirven para el resarcimiento del Asegurado, en caso de que el Proponente no cumpla con el compromiso asumido.
BSE se compromete a pagar esa suma de dinero, nunca a cumplir con la obligación de hacer.
Ventajas
- Es un crédito indirecto que no afecta la línea bancaria de la empresa.
 - Presta apoyo a la empresa nacional: grande o pymes.
 - Permite un mejor uso de su capital de trabajo.
 - Permite un mejor uso de su capacidad de endeudamiento.
 - Es más económico que los avales bancarios.
 
Requisitos de Asegurabilidad.
El seguro de Fianza, para todas sus coberturas, requiere de una calificación previa de la empresa.
La Fianza es un seguro contractual y accesorio al contrato principal, por lo que también es un requisito estudiar los contratos y/o reglamentos a garantizar.
E-Fianzas
Es una aplicación Web orientada a la gestión de los seguros de fianzas, que facilita y agiliza el procedimiento de suscripción y emisión, así como también brinda acceso a múltiples consultas. Para acceder a la misma, ingresa aquí.
GARANTÍAS PARA CONTRATO DE OBRA, SUMINISTROS Y/O SERVICIOS
MANTENIMIENTO DE OFERTA
Se cubre el pago que el Proponente deba realizarle al Asegurado en caso de que no cumpla con mantener la oferta o no suscriba el contrato, según los plazos y condiciones establecidos
CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
Garantiza el pago de las penalidades establecidas en el contrato o el daño patrimonial efectivo (dependiendo si el Asegurado es público o privado respectivamente), en caso de que el Proponente no cumpla en tiempo y forma con las obligaciones en él establecidas.
ANTICIPOS
Anticipo por acopio
Garantiza que los fondos anticipados por el Asegurado sean utilizados exclusivamente para la compra de materiales.
Anticipo Financiero
Garantiza que los fondos anticipados por el Asegurado sean utilizados de acuerdo a lo estipulado en el contrato para la compra de materiales y otros rubros.
SUSTITUCIÓN FONDO DE REPARO
Garantiza el pago que el Proponente deba realizarle al Asegurado por los defectos de construcción de la obra o mala calidad de los materiales (vicios ocultos), que se constaten después de la recepción provisoria y hasta la recepción definitiva de la obra.
Se cubre la Diferencia Arancelaria según Artículo 163 de la Ley 17.296 del 21.01.2001 (previo despacho de la mercadería) en los siguientes casos:
- Admisión Temporaria
 - Falta de documentación
 - Diferencias Arancelarias
- Valor mercadería
 - Clasificación de la mercadería
 - Veracidad de origen
 
 
También se cubren los siguientes
- Decreto 353/96 – Tránsito terrestre para whisky y cigarrillos
 - Decreto 216/06 – Depósitos Fiscales Particulares
 - Decreto 96/015 – Personas vinculadas a la actividad aduanera
- Agente de Transporte Aéreo
 - Agente de Transporte Marítimo
 - Proveedor de a bordo
 
 - Decreto 99/015 Depósitos Aduaneros Particulares
 - Orden del Día 81/2009 – SITAR
 
Se cubre la cautela o contra cautela solicitada por el Juez actuante en una causa (no penal). El Asegurado es el Poder Judicial a través de sus distintos Juzgados.
GARANTÍAS PARA REGLAMENTACIONES
Se garantiza que el Proponente (dependiendo de la actividad que desarrolle) cumpla ante el organismo Asegurado, con lo que se estipula en las Leyes, Decretos y/o Reglamentaciones.
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 Asegurado  | 
 Reglamentación  | 
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 Ley de Tercerizaciones  | 
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 Administración Nacional de Puertos – ANP  | 
 Emp. Permisarias de Servicios Portuarios  | 
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 ANP Resolución 48/3.717  | 
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 ANTEL  | 
 Telecentros en todo el país  | 
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 Ag. De Vta. De Telefonía celular móvil  | 
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 Servicio 0900  | 
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 PSIA – Prov. de Serv. de Internet ANTELDATA  | 
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 AVIA – Ag. de Vta. de Internet ANTELDATA  | 
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 Serv. de Valor Agregado sobre red Celular  | 
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 DSIA – Dist. De Serv. de Internet ANTELDATA  | 
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 Cabinas Públicas  | 
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 Distribución de Tarjetas Telefónicas  | 
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 Gestión de morosos  | 
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 Cable Operadores  | 
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 Antel – Serv. Valor Agregado Red Fija  | 
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 Antel Bit$  | 
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 BCU  | 
 Registro de Fiduciarios Prof. y Grales  | 
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 CND  | 
 CND – Mantenimiento de Iniciativa Privada  | 
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 COMAP  | 
 COMAP Decreto 404  | 
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 DINACIA  | 
 Emp. Permisarias de Transporte Aéreo  | 
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 DINACIA – Servicios en Tierra  | 
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 DINAMA  | 
 Abandono de parque eólico  | 
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 DINAMIGE  | 
 DINAMIGE  | 
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 Dirección General de CORREOS  | 
 Emp. Permisarias Serv. Correspondencia  | 
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 Dirección Nacional de LOTERÍAS Y QUINIELAS  | 
 Loteros agrupados  | 
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 Loteros individuales  | 
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 IMM  | 
 Extintores portátiles  | 
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 IMM Volquetas  | 
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 Res. 5456/08 Mesas y sillas en aceras  | 
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 INAC  | 
 Reg. de Operadores para Faena de Carnes  | 
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 MTOP  | 
 Servicios de líneas de transporte  | 
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 Buques pesqueros en puerto La Paloma  | 
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 Operador Turístico Cruceros  | 
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 UTE  | 
 Garantía de Permanencia  | 
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 Garantía de Contratación  | 
GARANTÍAS A PRIMER REQUERIMIENTO
Se emiten para Organismos del Estado únicamente cuando existe financiación del Banco Interamericano para el Desarrollo (BID), Banco Mundial, Banco de desarrollo de América Latina (CAF), Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR (FOCEM) o Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA).
El siniestro queda configurado con la notificación por escrito del Asegurado comunicando al Banco que el contratista no ha cumplido con alguna obligación establecida en el contrato afianzado, sin necesidad de que se pruebe dicho incumplimiento o el monto en cuestión.
Mantenimiento de oferta
Garantiza que se mantendrán todas las condiciones de la oferta y que se firmará el contrato.
Cumplimiento de contrato
Garantiza el pago de las penalidades establecidas en el contrato, en caso de que el Proponente no cumpla en tiempo y forma con las obligaciones en él establecidas.
Sustitución fondo de reparo
Garantiza el pago que el proponente deba realizarle al Asegurado por los derechos de construcción de la obra o mala calidad de los materiales (vicios ocultos), que se constaten después de la recepción provisoria y hasta la recepción definitiva de la obra.
Anticipo por acopio
Garantiza que los fondos anticipados por el Asegurado sean utilizados exclusivamente para la compra de materiales.
Anticipo financiero
Garantiza que los fondos anticipados por el Asegurado sean utilizados de acuerdo a lo estipulado en el contrato para la compra de materiales y otros rubros.
Las Concesiones son contratos mediante los cuales el Estado otorga a empresas o a particulares la prestación, gestión, explotación, organización de determinados servicios u obras públicas.
Las Garantías de Cumplimiento de Contrato para Concesiones garantizan las obligaciones derivadas del mencionado contrato.
GARANTÍAS DE RESPONSABILIDAD DE DEVOLUCIÓN
Cubren el riesgo de incumplimiento de las empresas que realizan cobranzas de facturas, en cuanto a su obligación de volcar al Asegurado lo recaudado por ese concepto en tiempo y forma.
Por mayor información, puedes contactarnos a través de nuestro formulario de contacto.
